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En una revista como esta no hace falta dar grandes explicaciones sobre la calidad del cielo de algunas regiones de Chile y su rol capital en la astronomía profesional de todo el mundo. Por su importancia
científica pero también económica, dada la atracción de inversiones y recursos que proporciona, el gobierno estatal empezó ya en 1998 a establecer normas para paliar la contaminación lumínica en las tres zonas de ma-
yor interés astronómico (Antofagasta, Atacama y Coquimbo), que fueron objeto de una revisión posterior en 2012 que impuso condiciones más exigentes.
La infeliz realidad es que la contaminación lumínica no ha dejado de crecer globalmente año tras año, y Chile no es una excepción. Ante esa evidencia, sumada a la constatación innegable del impacto que la luz artificial
por la noche tiene sobre la salud humana y el medio ambiente, en abril de 2019 se inició el procedimiento para una reforma integral de la normativa. Fue un proceso verdaderamente ejemplar, acompañado de múltiples actividades informativas y conferencias sobre la contaminación lumínica a las que en muchos casos –doy fe– pudimos acceder también desde el extranjero. La nueva legislación la dejó aprobada el gobierno saliente de Sebastián Piñera antes de la entrada del gabinete de Gabriel Boric, de signo político muy distinto, y eso es especialmente esperanzador: la defensa de la oscuridad natural de la noche, como cualquier otra defensa del medio ambiente, debería ser siempre un valor común al margen de las disputas políticas partidarias.
Fonte: sección sobre contaminación luminosa do web do Ministerio de Medio Ambiente chileno |
La reforma es muy ambiciosa pues, para empezar, extiende la protección del cielo a todo el territorio nacional. Se prohíben las emisiones al hemisferio superior del alumbrado en general y se imponen valores límite muy razonables a los niveles de iluminación permitidos, así como el apagado total en horario nocturno del alumbrado ornamental o decorativo y el de las instalaciones deportivas. La norma actúa con firmeza sobre las características espectrales de las fuentes, atendiendo al mayor efecto contaminante de la luz azul. En la
vecindad de los observatorios astronómicos, parques nacionales y áreas naturales de especial valor ambiental se apuesta por luces ámbar, con un máximo de un 1% de componente azul (alrededor de 1800 K); para el resto del país, la componente azul de la luz no podrá superar el 7%, con temperaturas de color por debajo de 2500 K como referencia. El decreto no se olvida del problema que supone la proliferación de las pantallas publicitarias, que añaden a la atmósfera una cantidad inmensa de fotones, y marca para estas una luminancia límite de 50 candelas por metro cuadrado, hasta veinte veces por debajo de los valores que admite el aún vigente RD1890/2008 español.
Siguiendo el trámite habitual, la norma pasa ahora por la Contraloría General de la Republica hasta su definitiva publicación y entrada en vigor. Empezaremos a apreciar entonces sus resultados, pero desde ya podemos considerarla un modelo a seguir. Acabo igual que el mes pasado: si Chile puede, ¿a qué estamos
esperando?
Martin Pawley. Artigo publicado na sección "La noche es necesaria" da Revista Astronomía, número 276, xuño de 2022.
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